CONDADO DE ALHAMA:
1) Anillo Interior ( rojo ) que abarca toda la urbanización dentro del vallado perimetral + La Isla y que abarca dotaciones y servicios públicos que deben ser mantenidos y conservados por la Entidad Urbanística de Conservación.
2) Anillo Exterior ( verde ) que abarca todo lo que rodea al complejo fuera del vallado perimetral,hasta casi la autovía y que en su totalidad se incluye dentro de nuestra Entidad Urbanística de Conservación.
Son muchos los vecinos de Condado de Alhama, los que preguntan o desconocen qué es la Entidad Urbanística de Conservación, que se lleva tanto de las cuotas comunitarias y del presupuesto general.
Hay que partir del hecho de que en nuestra urbanización hay:
- Elementos privativos: De titularidad privada ( viviendas, parcelas de titularidad privada).
- Elementos comunes o comunitarios: De titularidad compartida entre los propietarios miembros de una comunidad de propietarios ( jardines, piscinas, zonas de juegos o parques).
- Elementos y servicios púbicos: Todo el anillo exterior de la urbanización y dentro del anillo interior: las zonas verdes y espacios libres publicos y privados ( excepto los privativos de los propietarios), todo el sistema viario y las aceras, todas las instalaciones del alumbrado público y privado, cuadros, farolas,..., redes de saneamiento, depuración y riego, mantenimiento y limpieza del sistema de elevación de contenedores, balsa de pluviales y recogida de basura .
Estos elementos o dotaciones públicas, fueron cedidos por la urbanización de Condado de Alhama al Ayuntamiento de Alhama de Murcia, según el Planeamiento Urbanístico, para que a través de la E.U.C. ( que pertenece al derecho público y está compuesta por particulares) fuesen mantenidos y conservados.
Por lo tanto, nuestra E.U.C. tiene por finalidad, la conservación y el mantenimiento de las obras de la urbanización y los elementos o dotaciones e instalaciones de caracter público a través de las cuotas comunitarias de los propietarios y de los titulares de parcelas privadas. Colabora con la Administración Pública, realizando funciones delegadas que debería realizar el Ayuntamiento de Alhama de Murcia y convive con las Comunidades de Propietarios e incluso puede colaborar con ellas aunque sean distintas sus ambitos de competencia y actuaciones.
Nuestra E.U.C. se rige por el Reglamento de Gestión Urbanística ( Decreto 3288/1978 de 25 de agosto ) y asimismo, se atiene al Planeamiento Urbanístico Municipal y a sus Estatutos donde en los anexos II y III, detallan la relación de bienes que deben ser mantenidos y conservados por la Entidad Urbanística de Conservación ( Comunidad de Propietarios) y la relación de bienes que deben ser mantenidos por el Ayuntamiento de Alhama de Murcia respectivamente.
Documentación publica y editada en página web del Ayuntamiento de Alhama de Murcia.
http://www.alhamademurcia.es/concejalias/avisot.asp?id=254&id2=9